スペイン史研究

スペイン史研究 第 24 号

第 24 号 タイトル

【論文】
菊池信彦 フランシスコ・ピ・イ・マルガルのキューバ擁護論と歴史認識
内村俊太 16世紀カスティーリャにおける商業都市と王国議会――タホ川航行可能化(1581~1588年)をてがかりとして――

Número 24(diciembre 2010)

La Teoría de la Defensa de Cuba por Francisco Pi y Margall y su comprensión histórica

por Nobuhiko Kikuchi

El presente escrito analiza las actividades de la defensa de Cuba desarrolladas por el republicano federalista español del siglo XIX, Francisco Pi y Margall, así como las teorías que aparecieron con ellas, y lleva a cabo un estudio de su significado.

 

Pi y Margall es conocido por su defensa de la autonomía de la colonia, que expresó en la revista “El Nuevo Regimén”, el trabajo de su último año, y por su posterior apoyo a la independencia. Sin embargo, los estudios anteriores referidos a estas teorías se limitan a señalar su defensa de las colonias desde la perspectiva federalista que había estado promoviendo hasta entonces.

 

En el presente escrito, para romper la barrera de estas investigaciones, se aclara el significado de su discusión de la defensa de Cuba a partir de una comparación ideológica entre el autonomista y el independentista desde el punto de vista de la comprensión histórica, que se convirtió en uno de los apoyos de su federalismo. A continuación se expone un resumen de cada capítulo.

 

En el capítulo 1, desde un punto de vista autonomista, se lleva a cabo una comparación ideológica entre Rafael María de Labra y Pi y Margall; asimismo se analizan los fundamentos y las características del autonomismo de Pi y Margall. Por consiguiente, se pone en claro su pensamiento de autodeterminación de los pueblos, a partir del autonomismo que promovía desde su perspectiva federalista hasta ese momento, y sus fundamentos, junto a su opinión de poner fin a las misiones de civilización de la colonia que existía desde hacía 400 años.

 

En el capítulo 2, se realiza una comparación de las ideologías de independencia entre Pi y Margall y el independentista cubano José Martí. Como resultado, se sabe que Pi y Margall negó a España basándose en la historia del pasado gobierno colonialista que duró 400 años y la historia de la matanza de indígenas, y, además, que intentó que Estados Unidos, y no España, se hiciera cargo de Cuba posteriormente, por su apoyo a la expansión federalista de los Estados Unidos de América. Se señala también que, para evitar que España volviera a entrar en guerra, se piensa en que fue necesario despertar de la ilusión del nacionalismo a partir de la redacción de la “Verdadera Historia”.

 

En el capítulo 3, se refleja la anteriormente citada “Verdadera Historia” en la obra póstuma Historia de la España del siglo XIX, como comprensión de la historia relacionada con la teoría de la defensa de Cuba de Pi y Margall. A partir de la utilización de esta obra, junto con otros documentos históricos de la misma época, se aclara que él consideró el siglo XIX como el siglo de las guerras, que pensaba que el nacionalismo que estaba funcionando era el que había sintetizado el imperio español en su unificación por esta causa, y comentaba que este nacionalismo tenía su origen en la errónea comprensión histórica de la gloria de la nación a partir del siglo XVI. Además, él pensaba que debían considerarse las diferentes guerras que surgieron en el siglo XIX, no como movimientos independentistas de ciertas regiones que aspiraban a destruir España, sino como movimientos nacionales de regiones que trataban de configurar una nación española en cada una de ellas a partir de la Guerra de Independencia. Esto es precisamente la comprensión de la “Verdadera Historia” y él consideró la historia de los pueblos españolas del siglo XIX como una historia plural que encarnó tanto la diversificación como la unificación. 

 

Como fruto de los estudios anteriormente citados, se exponen las siguientes conclusiones de los resultados del análisis de la discción de la defensa de Cuba y su significado. (1) Sus argumentaciones sobre el autonomismo de Cuba estuvieron basadas en su pensamiento de la autodeterminación de los pueblos y la comprensión histórica de los 400 años transcurridos desde el descubrimiento del Nuevo Mundo por España; (2) su posterior apoyo a la independencia estuvo basado en su afirmación de la expansión del federalismo de los Estados Unidos de América, al mismo tiempo que criticaba a España; (3) como causa de las actividades en defensa de Cuba, su comprensión de la plural historia nacional queda aclarada en la obra póstuma Historia de la España del siglo XIX, para salvar a España del nacionalismo que pretendía reunir unificadamente el imperio español.

 

Las ciudades comerciales y las Cortes de Castilla en el siglo XVI: la navegación del Tajo (1581-1588)

por Shunta Uchimura

Después de la unión entre España y Portugal en 1580, Felipe II decidió hacer navegable el Tajo desde Toledo hasta Lisboa. En el presente ensayo, analizamos este proyecto en la década de 1580 desde el punto de vista de las ciudades comerciales y las Cortes de Castilla.

 

En la estructura comercial castellana existía el problema del coste de transportar los bienes, ya que en Castilla no había vías fluviales salvo el Guadalquivir hasta Sevilla. Por tanto, al comerciar entre las provincias interiores y litorales los comerciantes castellanos de la Edad Moderna tenían que pagar gastos de transporte más caros que en otros países europeos que sí contaban con ríos navegables. Ante esta situación, el ingeniero italiano Antonelli presentó a Felipe II el plan para hacer navegables todos los ríos ibéricos con el intento de la unión económica entre todos los reinos ibéricos a través de una red fluvial como la de Francia. La navegación del Tajo fue la primera etapa de este proyecto y en 1581 se iniciaron las obras para su navegabilidad.

 

Según las Actas de las Cortes de Castilla, entre 1584 y 1585 los procuradores de dieciocho ciudades en las Cortes de Castilla discutieron sobre la ayuda financiera a dichas obras. En esta discusión podemos distinguir los tres siguientes bandos:

 

1) Uno fue Sevilla que tomó una actitud absolutamente en contra del plan de hacer navegables el Tajo y otros ríos. Sevilla no admitió este proyecto, ya que en el Guadalquivir los barcos marítimos podían navegar hasta su ciudad. Además, ante la posibilidad de que las ciudades interiores pudieran comerciar directamente con los países extranjeros y las colonias americanas por el Tajo navegable, Sevilla tenía miedo de perder su privilegiado monopolio del comercio con América.

2) El segundo bando fue constituido por cuatro ciudades de Castilla la Nueva. Estas ciudades están cerca del Tajo y apoyaban totalmente un comercio libre en el que todas las ciudades interiores pudieran comerciar tanto con los países europeos como con América y Asia sin ninguna limitación.

3) Pero, el bando más poderoso estaba compuesto por las ciudades dirigidas por Burgos. Fueron nueve ciudades de Castilla la Vieja, dos de Andalucía, y Murcia. Estas ciudades sustentaron la ayuda financiera para la navegabilidad del Tajo, porque este intento era el primer paso para hacer navegables todos los ríos ibéricos, como el Duero en Castilla la Vieja y el curso alto del Guadalquivir en Andalucía. Sin embargo, el procurador burgalés exigió como condición indispensable una limitación al comercio futuro por el Tajo para mantener la vinculación económica de Burgos y otras ciudades cerca del Duero con la Europa noroeste. Es decir, a cambio de una oferta económica, este bando demandó que el comercio por el Tajo navegable podía tratar solamente los productos portugueses e indianos orientales que hasta entonces habían sido transportados de Portugal a Castilla por transporte terrestre. En otras palabras, la demanda de este bando significó la negación del comercio sin limitación y el mantenimiento de la división del comercio castellano (Castilla la Vieja con la Europa noroeste, Castilla la Nueva con Portugal y Asia, y Andalucía con América). Como consecuencia del voto final, las Cortes de Castilla aprobaron la opinión de Burgos que unió la oferta del dinero con la limitación del comercio por el Tajo.

 

A través de esta discusión, podemos mostrar dos características de las ciudades comerciales y las Cortes a finales del siglo XVI. En primer lugar, las Cortes de Castilla en ese momento pudieron llegar a un acuerdo voluntario gracias al debate entre las ciudades comerciales, aunque en este caso Sevilla y las ciudades de Castilla la Nueva se desilusionaron por el resultado. En segundo lugar, las ciudades con voto en las Cortes tenían poderes privilegiados en la Corona de Castilla que monopolizaban la competencia de decidir los servicios financieros y su reparto en todo el país. En este sentido, la discusión sobre la navegabilidad de todos los ríos ibéricos nos muestra que dieciocho ciudades comerciales importantes ocuparon el derecho de decidir la voluntad como la comunidad política del “Reino”, en palabras de la época. Al contrario, en este caso otras ciudades menores y otros tipos de corporaciones no pudieron participar en el debate para decidir el futuro del comercio castellano y sólo les pidieron un lote financiero a cada una. A saber, gracias a los hechos sobre la navegabilidad de los ríos ibéricos, podemos ver la naturaleza de la estructura política castellana en la que dieciocho ciudades con voto en las Cortes de Castilla disfrutaron el poder privilegiado bajo la realeza, aunque el proyecto mismo fracasó ya en la década de 1590.

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