SOCIEDAD JAPONESA DE HISTORIA DE ESPAÑA
La Sociedad Japonesa de Historia de España se fundó en noviembre de 1979 con el fin de contribuir al desarrollo de la investigación en Japón sobre la historia de España.
Novedades
ESTUDIOS DE HISTORIA DE ESPAÑA Número 38 (diciembre 2024)
Precio: 3000 yenes (+IVA) |
Actividades
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Publicamos cada año la revista Estudios de Historia de España, recogiendo diversos artículos de investigación. El boletín cuatrimestral (arriba en la imagen) sirve para informar a los socios de las actualidades de la Sociedad. |
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Cada dos meses hay una reunión de investigadores y en verano organizamos un seminario en el campo. En la imagen, participantes en el seminario del año pasado. |
Estatuto
Artículo 1. Esta Sociedad se denomina Sociedad Japonesa de Historia de España.
Artículo 2. La Sociedad tiene por objeto contribuir al desarrollo de la investigación en Japón sobre la historia de España, así como estrechar la amistad y fomentar la ayuda mutua entre los socios.
Artículo 3. Para alcanzar los objetivos mencionados en el artículo anterior, la Sociedad desarrollará las siguientes actividades:
1) Celebrar cada año el Congreso de Investigación;
2) Organizar debates entre los socios e investigaciones en equipo, recopilar documentos y realizar otras actividades de investigación;
3) Publicar la revista Estudios de Historia de España;
4) Publicar el boletín de la Sociedad;
5) Organizar actividades para estrechar la amistad y fomentar la ayuda mutua entre los socios.
Artículo 4. La Asamblea General, máximo órgano de la Sociedad, será convocada en principio cada año a iniciativa de la Junta Directiva.
Artículo 5. Las actividades ordinarias de la Sociedad serán gestionadas por los secretarios que se elijan en la Asamblea General. Los secretarios, que forman la Junta Directiva, elegirán entre ellos un presidente.
Artículo 6. La Sociedad será financiada por la cuota de los socios, donaciones y otros tipos de fondos. La cuota anual es de 7.000 yenes para un socio ordinario, 5.000 yenes para un socio estudiante y 9.000 yenes para un socio conyugal. La cuota deberá abonarse antes del fin del año fiscal anterior.